Todo lo que necesitas saber sobre cómo formalizar la venta de cualquier objeto entre particulares con plenas garantías legales
Crear mi contrato →Cuando vendes o compras cualquier objeto de valor entre particulares — un televisor de segunda mano, un instrumento musical, muebles, joyería, maquinaria, coleccionables, ropa de diseño, equipos deportivos o electrónica — un contrato escrito te protege ante posibles disputas sobre el precio, el estado del artículo o los términos de la entrega.
Sin contrato, en caso de conflicto solo existe la palabra de cada parte. Con contrato, el acuerdo queda documentado con plena validez jurídica.
Nombre completo, DNI/NIE y domicilio del vendedor y del comprador. Si alguna parte es una empresa, también los datos de su representante legal.
Cuanto más precisa sea la descripción, menos margen habrá para disputas. Incluye: nombre del artículo, marca, modelo, número de serie (si lo tiene), estado, defectos conocidos y accesorios incluidos.
Este punto es clave para el vendedor. Si declaras en el contrato los defectos conocidos, quedas exonerado de responsabilidad por ellos. Si el comprador los acepta por escrito, no puede reclamar después por algo que ya sabía.
Importe exacto, moneda, forma de pago (efectivo, transferencia con IBAN, Bizum) y, si hay pago a plazos, el detalle de cuotas, fechas y método. Si hay señal previa, debe quedar reflejada.
Si el artículo todavía está en garantía del fabricante y el vendedor entrega la factura original, debe especificarse en el contrato. La garantía del fabricante no se transfiere automáticamente en ventas entre particulares — depende de la política del fabricante — pero la factura sirve como prueba de la compra original.
En mano o por envío postal. Si es por mensajería, es imprescindible especificar quién paga el envío y quién asume el riesgo de pérdida o daño durante el transporte.
El Código Civil (art. 1484) establece que el vendedor responde por los defectos ocultos que hagan el artículo inútil o lo deprecien de forma relevante. Esta responsabilidad dura 6 meses desde la entrega. En el contrato puedes ampliar este plazo si lo acordáis.
Un vicio oculto es un defecto que no era visible en el momento de la compra y que el comprador no podía detectar con un examen normal. Ejemplos: un motor interno averiado en un electrodoméstico, una fuga interna en una cámara fotográfica, una grieta oculta en un objeto.
Si existe un vicio oculto, el comprador tiene dos opciones: resolver el contrato y devolver el artículo recibiendo el precio íntegro (acción redhibitoria), o mantener el artículo y reclamar una rebaja del precio proporcional al defecto (acción estimatoria).
Por eso es tan importante describir en el contrato todos los defectos conocidos: lo que el vendedor declara no puede considerarse vicio oculto.
Cuando el artículo se envía, hay que determinar quién asume el riesgo durante el transporte. El CC establece que el riesgo de pérdida pasa al comprador desde que el vendedor entrega el artículo al transportista, pero las partes pueden pactar lo contrario. Lo más habitual en ventas entre particulares es que el vendedor asuma el riesgo hasta que el comprador recibe el paquete en buen estado.
Rellena el formulario, previsualiza con IA y descarga tu PDF listo para firmar.
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